D.S. N.° 44 / 2024
Documentación para cumplir el D.S. N.° 44 en su empresa
Reviso qué le exige el D.S. N.° 44 a su empresa según su tamaño, identifico lo que falta y elaboro la documentación de gestión preventiva. Todo a distancia y entregado en una carpeta virtual ordenada.
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¿Qué cambió con el D.S. N.° 44?
El D.S. N.° 44, de 2024, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, aprobó el nuevo reglamento sobre gestión preventiva de los riesgos laborales. Entró en vigencia el 1 de febrero de 2025 y reemplazó a los D.S. N.° 40 y N.° 54, que regían desde 1969.
El decreto ordena la prevención como un sistema: primero se identifican y evalúan los riesgos, después se planifica, se informa y capacita, y finalmente se evalúa lo realizado. Entre sus exigencias principales están:
- Matriz de Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos (MIPER)
- Programa de trabajo preventivo basado en la matriz, con evaluación anual de su cumplimiento
- Información de los riesgos laborales y capacitación de las personas trabajadoras
- Reglamento Interno de Higiene y Seguridad y mapa de riesgos
- Plan de gestión, reducción y respuesta ante emergencias y desastres
- Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, con elementos mínimos distintos para empresas de hasta 25 trabajadores
- Delegado de Seguridad y Salud en el Trabajo en los lugares de trabajo con 10 a 25 personas donde no funcione un Comité Paritario
Fuentes: D.S. N.° 44/2024, Ministerio del Trabajo y Previsión Social (publicado el 27 de julio de 2024, vigente desde el 1 de febrero de 2025); Instituto de Seguridad Laboral; dictamen de la Dirección del Trabajo sobre el Delegado de Seguridad y Salud en el Trabajo (art. 66).
Cómo trabajo
Todo a distancia, para empresas de todo Chile
Reunión inicial
Conversamos por videollamada sobre su empresa, sus procesos y lo que necesita.
Envío de antecedentes
Usted me envía la información de su empresa: dotación, cargos, procesos y documentos existentes.
Elaboración
Preparo los documentos con sus antecedentes reales y le consulto lo que haga falta.
Entrega en carpeta virtual
Recibe los documentos editables y en PDF, ordenados y listos para usar.
Preguntas frecuentes
Lo que más me consultan
¿El D.S. N.° 44 aplica a empresas pequeñas?
Sí. Aplica a todas las entidades empleadoras. Para las empresas de hasta 25 trabajadores, el decreto contempla elementos mínimos más simples para el sistema de gestión, pero exige igualmente la MIPER, la información de los riesgos y el reglamento de higiene y seguridad.
¿Desde cuándo rige?
Desde el 1 de febrero de 2025. Fue publicado en el Diario Oficial el 27 de julio de 2024.
¿Qué revisa una fiscalización?
La autoridad usa un Formulario Único de Fiscalización que pregunta, entre otras cosas, si la empresa cuenta con MIPER que incluya todos sus procesos, tareas y puestos, y si informa los riesgos a las personas trabajadoras.
¿Por dónde conviene empezar?
Por un diagnóstico documental. Así sabe exactamente qué le falta y puede priorizar, partiendo normalmente por la MIPER, que es la base del resto.
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Cuénteme cuántas personas trabajan en su empresa, a qué se dedica y qué documentos tiene hoy. Le envío una cotización con el alcance y los antecedentes requeridos.