Reglamentos internos

Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad (RIOHS) para su empresa

Elaboro o actualizo el reglamento interno que corresponde a su empresa según su dotación y sus actividades, con el protocolo de la Ley Karin incorporado. Trabajo a distancia y le entrego el documento listo para difundir.

  • 100% online
  • Empresas de todo Chile
  • Entrega en carpeta virtual

¿Qué reglamento necesita su empresa?

Muchas empresas confunden dos obligaciones distintas. La Dirección del Trabajo aclara que el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad no es lo mismo que el Reglamento Interno de Higiene y Seguridad:

  • Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad (RIOHS): lo exige el artículo 153 del Código del Trabajo a todo empleador que tenga contratados normalmente 10 o más trabajadores permanentes.
  • Reglamento Interno de Higiene y Seguridad: lo exigen el artículo 67 de la Ley N.° 16.744 y el D.S. N.° 44, de 2024, a toda entidad empleadora, sin importar cuántas personas trabajen en ella.

Si su empresa tiene menos de 10 trabajadores, igual necesita el reglamento de higiene y seguridad. Si tiene 10 o más, debe contar con ambos contenidos, que normalmente se reúnen en un solo documento.

Desde la Ley N.° 21.643 (Ley Karin), el reglamento interno debe incluir el protocolo de prevención del acoso sexual, el acoso laboral y la violencia en el trabajo, junto con el procedimiento de investigación y sanción.

Cómo trabajo

Todo a distancia, para empresas de todo Chile

  1. Reunión inicial

    Conversamos por videollamada sobre su empresa, sus procesos y lo que necesita.

  2. Envío de antecedentes

    Usted me envía la información de su empresa: dotación, cargos, procesos y documentos existentes.

  3. Elaboración

    Preparo los documentos con sus antecedentes reales y le consulto lo que haga falta.

  4. Entrega en carpeta virtual

    Recibe los documentos editables y en PDF, ordenados y listos para usar.

Preguntas frecuentes

Lo que más me consultan

¿Mi empresa tiene 6 trabajadores, necesita reglamento interno?

Sí. Aunque no está obligada al RIOHS del artículo 153 del Código del Trabajo, toda entidad empleadora debe contar con un Reglamento Interno de Higiene y Seguridad, según el artículo 67 de la Ley N.° 16.744 y el D.S. N.° 44.

Mi reglamento es antiguo, ¿debo actualizarlo?

Si su reglamento se basa en el D.S. N.° 40 o no incorpora el protocolo de la Ley Karin, conviene actualizarlo. El D.S. N.° 44 reemplazó al D.S. N.° 40 desde el 1 de febrero de 2025.

¿Puede hacerse todo a distancia?

Sí. Usted me envía los antecedentes de su empresa (dotación, jornada, cargos y actividades), coordinamos una reunión por videollamada y le entrego el reglamento en una carpeta virtual.

¿El reglamento basta para cumplir la ley?

No por sí solo. Además de elaborarlo, la empresa debe entregarlo a cada trabajador, darlo a conocer y mantenerlo actualizado cuando cambien sus actividades o la normativa.

¿Necesita Reglamento interno (RIOHS) para su empresa?

Cuénteme cuántas personas trabajan en su empresa, a qué se dedica y qué documentos tiene hoy. Le envío una cotización con el alcance y los antecedentes requeridos.

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