Reglamentos internos
Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad (RIOHS) para su empresa
Elaboro o actualizo el reglamento interno que corresponde a su empresa según su dotación y sus actividades, con el protocolo de la Ley Karin incorporado. Trabajo a distancia y le entrego el documento listo para difundir.
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- Empresas de todo Chile
- Entrega en carpeta virtual
¿Qué reglamento necesita su empresa?
Muchas empresas confunden dos obligaciones distintas. La Dirección del Trabajo aclara que el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad no es lo mismo que el Reglamento Interno de Higiene y Seguridad:
- Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad (RIOHS): lo exige el artículo 153 del Código del Trabajo a todo empleador que tenga contratados normalmente 10 o más trabajadores permanentes.
- Reglamento Interno de Higiene y Seguridad: lo exigen el artículo 67 de la Ley N.° 16.744 y el D.S. N.° 44, de 2024, a toda entidad empleadora, sin importar cuántas personas trabajen en ella.
Si su empresa tiene menos de 10 trabajadores, igual necesita el reglamento de higiene y seguridad. Si tiene 10 o más, debe contar con ambos contenidos, que normalmente se reúnen en un solo documento.
Desde la Ley N.° 21.643 (Ley Karin), el reglamento interno debe incluir el protocolo de prevención del acoso sexual, el acoso laboral y la violencia en el trabajo, junto con el procedimiento de investigación y sanción.
Fuentes: Código del Trabajo, arts. 153 y siguientes; Ley N.° 16.744, art. 67; D.S. N.° 44/2024 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N.° 21.643. Criterio de la Dirección del Trabajo sobre la diferencia entre ambos reglamentos.
Cómo trabajo
Todo a distancia, para empresas de todo Chile
Reunión inicial
Conversamos por videollamada sobre su empresa, sus procesos y lo que necesita.
Envío de antecedentes
Usted me envía la información de su empresa: dotación, cargos, procesos y documentos existentes.
Elaboración
Preparo los documentos con sus antecedentes reales y le consulto lo que haga falta.
Entrega en carpeta virtual
Recibe los documentos editables y en PDF, ordenados y listos para usar.
Preguntas frecuentes
Lo que más me consultan
¿Mi empresa tiene 6 trabajadores, necesita reglamento interno?
Sí. Aunque no está obligada al RIOHS del artículo 153 del Código del Trabajo, toda entidad empleadora debe contar con un Reglamento Interno de Higiene y Seguridad, según el artículo 67 de la Ley N.° 16.744 y el D.S. N.° 44.
Mi reglamento es antiguo, ¿debo actualizarlo?
Si su reglamento se basa en el D.S. N.° 40 o no incorpora el protocolo de la Ley Karin, conviene actualizarlo. El D.S. N.° 44 reemplazó al D.S. N.° 40 desde el 1 de febrero de 2025.
¿Puede hacerse todo a distancia?
Sí. Usted me envía los antecedentes de su empresa (dotación, jornada, cargos y actividades), coordinamos una reunión por videollamada y le entrego el reglamento en una carpeta virtual.
¿El reglamento basta para cumplir la ley?
No por sí solo. Además de elaborarlo, la empresa debe entregarlo a cada trabajador, darlo a conocer y mantenerlo actualizado cuando cambien sus actividades o la normativa.
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Documentación relacionada
¿Necesita Reglamento interno (RIOHS) para su empresa?
Cuénteme cuántas personas trabajan en su empresa, a qué se dedica y qué documentos tiene hoy. Le envío una cotización con el alcance y los antecedentes requeridos.